Recintos deportivos y hoteles
Desfibriladores DEA para gimnasios y hoteles.
Equipa tu recinto deportivo, gimnasio u hotel con DEA y mantenlo operativo para responder cuando cada segundo cuenta.
Ley 21.156
¿Tu recinto está obligado?
El reglamento de la Ley 21.156 incluye a los recintos deportivos y gimnasios con capacidad para 1.000 o más personas, y a los hoteles, hostales y residenciales con 20 o más habitaciones.
Referencia: reglamento de la Ley 21.156, publicado el 13 de octubre de 2020. Verifica siempre tu caso con la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
¿Qué recintos deportivos y hoteles deben tener un DEA?
Según el reglamento de la Ley 21.156, los recintos deportivos y gimnasios con capacidad para 1.000 o más personas, y los hoteles, hostales y residenciales con 20 o más habitaciones.
¿Qué debe cumplir el DEA instalado?
El reglamento exige que el DEA esté operativo, accesible y señalizado, y que se mantengan registros de su instalación, mantención y uso.
¿Qué incluye la solución de Cardiomedics?
Evaluamos el espacio, definimos los equipos, gabinetes y señalética, y acompañamos la continuidad con mantención y soporte posventa.
Diagnóstico inicial
